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  • Consulta : 120495
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 232111

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Así es, el contador de la empresa tiene razón, lea correctamente el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo y en la fracción III se establece que esa prima se pagara a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre y cuando tengan mas de quince año de servicio.
    Por lo tanto, no te deben nada...