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Fecha de respuesta: Viernes 22 de Julio de 2011 13:51 2011-07-22 13:51 desde IP: 201.103.187.206
El perito valuador, solo realiza el avalúo del inmueble, es decir, calcula el costo del valor comercial del mismo y señala la vida útil aproximada, más no revisa los vicios ocultos que pueda tener una propiedad.
En cuanto al contrato de compraventa, la más seguro es que lo hayas adquirdo AD CORPUS, es decir, en las condiciones que se encontrara, ya que no es una vivienda nueva.
Antes de comprar, debiste haber contratado un perito en contrucción y que revisara si se encontraba en buenas condiciones el inmueble y más que debe ser una vivienda muy vieja y no seminueva como tu manifiestas.
La vida útil aproximada de un inmueble es de 75 años y si le restaban 18 años, entonces tenía una antigüedad aproxiamada de 57 años, así que nadie te engaño, sino que debiste haber verificado bien la antiguedad de tu inmueble y el estado físico que tenía.
Para que un inmueble sea considerado seminuevo, debe tener una edad de 1 a 4 años.
Te repito, revisa bien tu contrato antes de iniciar cualquier acción legal.
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