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AutorRespuesta No: 231714
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Julio de 2011 14:30 2011-07-20 14:30 desde IP: 189.189.78.37
Si no ostenta la firma del deudor, no hay reconocimiento expreso de la promesa incondicional de pago. Por lo tanto, no hay pagaré, no hay título de crédito.
Dices que eres un abogado. Qué lastima que te llames abogado y que andes preguntando estas cosas que se aprenden en la Universidad, solo que hay que desentrañarlas.
Qué làstima me das, abogado.
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