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AutorRespuesta No: 232796
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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Julio de 2011 14:24 2011-07-27 14:24 desde IP: 189.146.116.168
No, para la inconformidad el término comenzará a correr a partir de que el Colegiado haya determinado cumplida la sentencia amparadora.
Los 5 días se cuentan a partir del siguiente en que surta efectos la notificación de dicho acuerdo.
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