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AutorRespuesta No: 231832
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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Julio de 2011 19:58 2011-07-20 19:58 desde IP: 187.195.69.92
Cuando existe libertad de jurisdicción, se emite un nuevo acto contra el cual procede el juicio de amparo.
De cualquier forma, para el amparo tienes el término de 15 dìas para interponerlo, mientrás que para la queja por defecto o exceso en el cumplimiento tienes 1 año.
Yo te sugiero plantear un nuevo amparo y si el Tribunal Colegiado considera que debió ser una queja por defecto, estarás en tiempo de interponerla.
Saludos.
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