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  • Consulta : 120135
  • Autor : MERCHE68
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  • Autor
    Respuesta No: 231527

  • MERCHE68
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    De donde escribe usted? ya que si esta en el DF no es necesario levantar un "acta de abandono de hogar" en el Ministerio Publico que le corresponda por su domicilio pues actualmente lo que se tramita es el "divorcio express o incausado".

    Si esta en algun otro Estado donde si exista la causal de divorcio por "abandono de hogar" puede poner la denuncia en el Ministerio publico que le corresponda, en la mayoria de los Estados existe la causal de "separacion por mas de 6 meses", tambien podria aplicar por esa causal.

    No es obligacion suya aportar alimentos para los hijos menores de su esposa pues usted no tiene ninguna vinculo legal con ellos y se tendria que solicitar el pago de alimentos a los respectivos padres.

    La desicion es suya. Suerte