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  • Consulta : 120054
  • Autor : kokoduro1
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  • Autor
    Respuesta No: 231352

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    BUENAS TARDES:

    No tiene caso que te intimides, espera la demanda y CON LAS COPIAS DE LOS PAGOS  POR DESCUENTO REALIZADOS, contesta la demanda, pero, si no tienes esos pagos, tu abogado debe contestar la demanda en el sentido de que dicha deuda ha prescrito por tener mas de 3 años sin movimiento legal alguno. GRACIAS.