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AutorRespuesta No: 231316
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Fecha de respuesta: Lunes 18 de Julio de 2011 13:21 2011-07-18 13:21 desde IP: 200.33.74.37
La disolucion de la sociedad conyugal la pueden realizar en el juzgado familiar de su localidad, respecto a "renunciar a solicitar pension alimenticia", no seria como tal, mas bien seria ene l mismo juzgado elaborar un convenio en donde estipulen el regimen de visitas y la pension alimenticia.
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