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  • Consulta : 119984
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 231243

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    eso no importa... importa que se otorgo... y que la puede demandar.... y que la parte  al pedirla... le da oportunidad a la demandada de decir que hay pendiente una sentencia de alimentos... y que ya se esta descontando... y que pide  una acumulacion de autos....

    si no lo hace... ya tienes dos juicios que mencionan la pensiòn... y posiblemente dos resoluciones independientes... que descuentan por separado... y es causa del otro para rebatirla...  en cualquier momento... mientras ...hasta puede ser que cobre doible durante algun tiempo...

    lo que una mano hace... no necesarimente la otra lo sabe...