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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Julio de 2011 14:46 2011-07-17 14:46 desde IP: 187.194.12.164
1...contrat un abogado y contesta la demanda...señalando que eres casado... con eso muere la acciòn de reconomimiento de concubinato.... y tienes que presentar la acta de matrimonio...
2...que se de vista al ministerio publico...por la falsedad de declraciòn ante una autoridad...
3...si sabes donde trabaja... que se gire oficio de informes a esa empresa y al seguro social...
4...deja de hacerte el martir... y ponte las pilas... tienes que contestar la demanda y tienes 5 dias contados del comento en que la recibiste... m u e v e t e ....tu abogadoi sabe que hacer.... m u e v e t e .... y no te tientes el corazòn pa meterla a la carcel...
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