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  • Consulta : 119616
  • Autor : ABOGADOS VBR
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  • Autor
    Respuesta No: 230731

  • ABOGADOS VBR
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Su vigencia es apartir de la fecha de vencimiento para poder cobrarlo son3 años en la via ejecutiva y de 5 para la ordinaria ok, suerte.

     

    Atenatemente

    Lic. Victor Borgonio Rivera

    Tel5525000684