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  • Consulta : 119539
  • Autor : GUTY16
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  • Autor
    Respuesta No: 230694

  • GUTY16
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Existe Jurispruencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que los jueces deben otorgar a cada acreedor alimentario (a quien lo necesite) un 15% para cada acreedor alimentario, así que no te preocupes, lo más en extremo es que ese porcentaje lo descuentan de tus ingresos ordinarios y extraordinarios (utilidades y aguinaldo) te sugiero que es mejor negociar en cantidad y si persiste la negligencia de la madre de tu hija, entonces que se conforme con el porcentaje señalado por el Juez familiar.