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AutorRespuesta No: 230818
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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Julio de 2011 18:34 2011-07-14 18:34 desde IP: 201.147.83.166
Hola Buenos Tardes
Usuario, le fundamento mi respuesta en caso de que cualquier otro licenciado o compañero diga que doy pena ajena, y muestre negativa ante mi aseveración:
Ley del Notariado del Estado de Tamaulipas
DE LAS ESCRITURAS
ARTICULO 97.
1.- En el otorgamiento de escrituras se observarán, además, las siguientes formalidades:
VI.- Tratándose de bienes inmuebles determinará su naturaleza, ubicación, extensión,
colindancias, y relacionará, cuando menos, el último título de propiedad del bien o del derecho a
que se refiere la escritura, citando su inscripción en el Registro Público de la Propiedad Inmueble y
del Comercio o la razón por la cual aún no está inscrito;
Por lo tanto, mi aseveración en cuanto a que en las escrituras debe aparecer las medidas del bien inmueble es cierta
ARTÍCUO 28
Son Obligaciones del Notario:
IV.- Dar fe de tener ante su vista situaciones de hecho a las que la ley atribuya consecuencias de derecho
La medición de un terreno es una consecuencia de derecho en el patrimonio.
ARTICULO 163.
1.- El Notario podrá conocer, sustanciar y resolver los asuntos jurídicos en los que no
exista conflicto o intereses opuestos, y exclusivamente en los siguientes casos:
IX.- Constitución del patrimonio familiar.
POR LO TANTO, SE PUEDE REALIZAR UNA JURISDICCIÓN VOLUNTARIA PARA ASI RECONOCER LAS MEDIDAS DEL TERRENO.
Normalmente esto es en teoría, pero en el caso de la entidad donde vive, donde normalmente la ley es letra casi muerta en ocasiones, lo mejor es que vaya con el notario público y el le podrá asesorar sobre la mejor opción.
Saludos
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Autor





