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  • Consulta : 119470
  • Autor : MERCHE68
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  • MERCHE68
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    (Resumen de Actividades)

    Creo que en el Estado de Puebla aun esta vigente el divorcio con causales y puede de entrada acudir al Ministerio Publico que le corresponda por su domicilio y levantar un acta por "abandono de hogar", dicha acta le servira para acreditar el abandono e invocar la frac VII del Art. 454 del Codigo Cil para Puebla como causal de divorcio. Los hijos permanecen con la madre por lo general hasta los 12 sños, cuando ya les pueden preguntar con que padre desean vivir y el juez debe oir a los niños, por las edades los niños no se los puede quitar el papa. Respecto a dejar que el padre los vea o no, es complicado pues usted conoce al señor y sabe si es capaz de llevarselos y no regresarlos o no.