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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Julio de 2011 10:46 2011-07-13 10:46 desde IP: 189.254.84.2
buensasi saludos.
Como dice el dicho: "Cuando la perra es brava, hasta a los de casa muerde".
No indica en su consulta si ya le están pagando las mensualidades correspondientes por su jubulacion;
Respecto al "Finiquito" que menciona y dice le corresponde, deberá leer el Reglamento Interno para los trabajadores del ISSSTE, y si en el mismo se infica de que forma el Instituto finiquitará a sus empleados.
De ser procedente éste, puede acudir al Sindicato, para hacer valer sus derechos, conforme lo refiere el citado reglamento interno.
Independientemente de lo anteriormente comentado, estoy en el entendido que los finiquitos en el sector públicos es únicamente lo relativo a: la parte proporcional a la prima vacacional, aguinaldo y ya, a diferencia de la iniciativa privada, que ahí, es de conformidad con lo que se estipule en el contrato respectivo y la Ley, pudiendo ser: tres meses y veinte días por año tranajado de sueldo, prima de antiguedad, y la parte proporcional de aguinaldo, prima vacacional y lo que en el propio contrato se estipule.
espero la informacion le sea de utilidad, suerte.
pazago49.
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