- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 119397
- Autor : MERCHE68
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 952
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5559
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 230655
-
Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Julio de 2011 17:20 2011-07-13 17:20 desde IP: 200.33.74.37
Debes de acudir a un juzgado de lo familiar a poner tu demanda por pension alimenticia, te puede asesorar un abogado de oficio, por lo general el porcentaje de la pension alimentacia va de un 20 a un 35% de los ingresos de quien debe dar los alimentos. El tiempo que se tarden dependera de las cargas de trabajo del juzgado. A donde estas acudiendo que no te dan asesoria de tu tramite?
-
Autor





