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  • Consulta : 119378
  • Autor : Maxwel Smart
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    Respuesta No: 230399

  • Maxwel Smart
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    (Resumen de Actividades)

    Sugiero que estione una "información ad perpetuam" para que se acredite que el inmueble está abandonado y entre en posesión  material del mismo ya que es de su propiedad. Cabe mencionar que Ud. nunca ha perdido la posesión originaria en su calidad de dueño.