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  • Consulta : 119377
  • Autor : Maxwel Smart
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  • Autor
    Respuesta No: 230408

  • Maxwel Smart
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Apreciable zogi_mar

    El padre puede cudir al consulado mexicano en la ciudad onde radique y ahí otorgar su consentimiento, ya que de acuerdo al artículo 44 fracción IV de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, los consulados tienen funciones de notaría.

    Transcribo

     

    ARTÍCULO 44.- Corresponde a los jefes de oficinas consulares: 

    IV. Ejercer funciones notariales en los actos y contratos celebrados en el extranjero que deban ser ejecutados en territorio mexicano, en los términos señalados por el Reglamento. Su fe pública será equivalente en toda la República, a la que tienen los actos de los notarios en el Distrito Federal;.

     

    Suerte.

     

    :)