- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 119332
- Autor : ESPINOS@LEG@L
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 4
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 230361
-
Fecha de respuesta: Lunes 11 de Julio de 2011 22:08 2011-07-11 22:08 desde IP: 189.196.206.77
Hola que tal, espero que mi opinión responda a tu pregunta; antes que nada dejame decirte que si se puede poseer un arma de fuego en el domicilio para la seguridad y legítima defensa, y no estas incurriendo en un delito, siempre y cuando el arma de fuego sea de las permitidas por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, para ello puedes descargar la mencionada Ley Federal y puedes consultar lo establecido en el artículo 9, fracciones I y II, o si perteneces a un Club de Tiro o Cacería la fracción III del mismo artículo en relación con el artículo 10, pero en el supuesto que deseas tener un arma de fuego en tu domicilio lee también el artículo 15 y 16 de la citada Ley, y debes tener un solo domicilio legal. Por último, si tu arma de fuego es de las permitidas por la Ley para su posesión, el trámite de registro es sencillo y rápido en la zona militar que corresponda a tu entidad, y los requisitos son los siguientes:
class="contentpaneopen">- Presentar el arma descargada envuelta o en funda.
- Original y copia de identificación vigente con fotografía.
- Fotocopia del comprobante de domicilio.
- Fotocopia de la C.U.R.P.
- En el caso de pertenecer a un Club cinegético, presentar original y copia fotostática de la credencial de afiliación.
-
Autor
Columna del día
mexico no espero con tanta sed y hambre de justicia que
el 2018 iniciaria un decoroso y honesto regimen con el legitimo
triunfo de un luchador incansable e imparable para instalar
con morena el movimiento de mexico y su pueblo .
y hacer la separacion de la politica de la economia .
y trabajar incansablemente para extirpar ese cancer maligno
la corrupcion que perversamente y nefastamente pri y pan son culpables.
... [Ver articulo completo]
Autor:
ometepecalito
Publicado: 2021-01-05 23:35:06
Columna leida: 111985188 veces.
Lecturas completas: 5186
D.R. © Todos los derechos reservados Justicia México ®





