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  • Consulta : 119261
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 230302

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ARENASA67

    Difiero con lo que manifiesta el forista que me antecede, desde luego que usted  SI puede iniciar el juicio intestamentario ya que en la secuela procesal del mismo cuando del informe que se sirva rendir el Archivo General de Notarias se desprenda que existe dispocision testamentaria dicha dependencia a costa suya remitira copias certificadas del testamento por lo que el juicio sucesorio intestamentario se convertira desde ese momento en testamentario.

    Saludos.