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  • Consulta : 119222
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 230341

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    De acuerdo TOTAL con Fallen. Parcialmente de acuerdo con Sofia porque depoendiendo de la entidad donde se tramite la rectificación, puede ser un Juicio Sumario, Jurisdiccion Voluntaria o bien como comenta Sofia Ordinario. Por ello estoy parcialmente de acuerdo solo precisar la via.

    TOTALMENTE EN DESACUERDO con MERCHE68.  Jamas se hará una rectificacion de acta en la que se pretende cambiar apellidos a traves de un tramite administrativo de aclarcacion JAMAS.

    La aclaracion solo es procedente en errores ortograficos y mecanograficos que no alteren los datos esenciales del acta. El cambio de apellido señor MERCHE68, es un cambio esencial en la que se reserva unica y exlusivamente a la materia Judicial