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  • Consulta : 119115
  • Autor : temillo
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  • temillo
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    y ty abogado por que no le preguntas ???.....

    bueno despues del juicio y lo demas que es el laudo.. se notifica, le dan 72 horas para cumplir.... (sin o se ampara)

     HACES LA PLANILLA VAS Y EMBARGAS,,,,  valuan los bienes y los rematan..

    si se amparan tendras que esperar el resultdo del amparo... quiza  hasta tengas que empesar de nuevo.... saludos