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  • Consulta : 119108
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 230139

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    lazaro_cardenas_altamira:

    Angelic:

    Desde luego que es verdad el tíulo de su consulta: "se negará el amparo a los quejosos", y lamento mucho que el forista tuamigoabogado (cordiales saludos) haya desahogado su consulta de manera inadecuada.

    En efecto, se debe negar el amparo a los quejosos pero además aplicarles una sanción penal en virtud de que el juicio de amparo es totalmente improcedente en virtud de que la investigación administrativa en modo alguno es un acto de autoridad, como tampoco es autoridad el sindicato que intervino en su elaboración, sino que dicha investigaciópn administrativa es tán sólo una acta que, como usted lo ha mencionado, tiene el carácter de actuación laboral que se formula para que el patrón (en este caso la Secretaría de Educación), cuente con elementos para que, en su caso, aplique sanciones laborales a uno o varios trabajadores, y todo dentro del marco de las relaciones ptrón-trabajadores.

    En estricto derecho, la demanda de amparo debió ser desechada porque el acto reclamado carece de la característica de ser un acto de autoridad..