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AutorRespuesta No: 229987
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Fecha de respuesta: Sábado 09 de Julio de 2011 01:26 2011-07-09 01:26 desde IP: 187.140.182.18
Bueno aqui lo que se procede es damandar por la via civil a tu vecino a traves de la accion interdictal de obra nueva a efectos de que se detenga dicha obra o en su caso la demolicion o modificacion de la misma debido a los daños causados a tu propiedad y los riesgos que la construccion de dicha obra conlleva, asi como tambien raclamar el pago de daños y perjuicios ocasionados a tu propiedad y el pago de los gastos y costas que genere el juicio que decidas entablar en contra de tu vecino. . .
suerte en tu accion y saludos
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