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Fecha de respuesta: Viernes 08 de Julio de 2011 21:48 2011-07-08 21:48 desde IP: 187.194.26.56
mientras subsista el matyrimonio... la figura de concubinato ...nunca se dio... por tanto... no tiene ningun derechjo...
pero ...si habia concubinato...antes de casarse... la concubina tienes derecho a pedir pensiòn por el tiempo que duiro en concubinato... derecho que prescribe al año ...por ley...es decir... si entre el momento de la separaciòn y el momento actual... ha pasado ya mas d eun año... la EXCONCUBINA... perdio ese derecho....no le toca nada...
solo los hijos nacidos ...dentro o fuera del matrimonio... y que esten reconocidos.... tienen derecho a pensiòn... sin reconocimiento .... ... nada....
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