Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 118972
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 229968

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    mientras subsista el matyrimonio... la figura de concubinato ...nunca se dio... por tanto... no tiene ningun derechjo...

    pero ...si habia concubinato...antes de casarse... la concubina tienes derecho a pedir pensiòn por el tiempo que duiro en concubinato... derecho que prescribe al año ...por ley...es decir... si entre el momento de la separaciòn y el momento actual... ha pasado ya mas d eun año... la EXCONCUBINA... perdio ese derecho....no le toca nada...

    solo los hijos nacidos ...dentro o fuera del matrimonio... y que esten reconocidos.... tienen derecho a pensiòn... sin reconocimiento .... ... nada....