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  • Consulta : 118708
  • Autor : gRaL.gO
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  • Autor
    Respuesta No: 229579

  • gRaL.gO
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes.

    Lo que usted describe es lo que la compañía de luz llama "reajuste", que efectivamente, se encuentra regulado, sin embargo, en la mayoría de los casos dicha operación no se ajusta a los supuestos y a los procedimientos descritos en la normatividad vigente. La opción que tiene el locatario afectado es impugnar ese "cobro" para ello, tiene dos opciones, puede agotar el juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa o mediante la acción de amparo, que se tramita ante los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa, en cualquier caso, será necesario que se allegue de los servicios de un abogado que domine la materia a efecto de que se analice de manera pormenorizada los detalles del caso y se estructure una adecuada defensa.

    Saludos.

    gRaL.gO