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  • Consulta : 118221
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 229223

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La única forma es demandar la sucesión legítima ante el Juez de lo familiar para que mediante sentencia se determine el por ciento que le corresponde a cada heredero. No hay de otra. Puede ser que en este foro le brinque algún tinterillo que le prometa ganarle un juicio de usucapio o prescripción positiva, si así ocurre, que se lo garantice por escrito y le también gatantice la reparación del daño de no obtenerla (prometer no empobrece). No opera la prescripción ni entre cónyuges, ni entre copropietarios, aunque tenga cincuenta años viviendo en el predio. Además como menciona que el terreno se le "dieron" a su marido, igual y no le toca nada porque los bienes adquiridos por don de la fortuna, herencia o donaciones, no ingresan a la sociedad conyugal.