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Fecha de respuesta: Jueves 30 de Junio de 2011 21:18 2011-06-30 21:18 desde IP: 187.158.153.98
Si el documento no fue ratificado ante Notario Público NO ES INSTRUMENTO PUBLICO, es un instrumento o documento privado.
Le recomiendo contratar los servicios de un abogado especialista en Derecho Civil a efecto de que se dictamine el estado del juicio sucesorio y se le oriente adecuadamente sobre las acciones a seguir en relación con la cesión de los derechos hereditarios.
Saludos cordiales.
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