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  • Consulta : 117909
  • Autor : jgl190306
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  • Autor
    Respuesta No: 229457

  • jgl190306
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Muy buenas tardes, lo que le recomiendo salvo una mejor sugerencia de los especialistas, es que solicite la suspención provisional ante el Tribunal, esto, ya que se encuentra debidamente garantizado el crédito fiscal. Por otra parte si lo que desea es recuperar los bienes embargados, le sugiero exhiba ante el Tribunal billete de depósito con el cual garantíce el monto del crédito fiscal, solicitando así mismo la liberación de los bienes, esto ya que aun no a concluido el propio juicio. Lo anteriormente expuesto podrá respaldarlo en el Código Fiscal de la Federación y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo. Espero pronto soluciones su situación fiscal, buen día.