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AutorRespuesta No: 228576
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Fecha de respuesta: Viernes 24 de Junio de 2011 21:38 2011-06-24 21:38 desde IP: 189.136.188.129
Complementando las respuestas de los colegas, si obtienes la declaratoria judicial de reconicimiento de paternidad, además de los alimentos ( que solamente serían hasta que cumplas 25 años) adquieres derechos sucesorios sobre los bienes de tu padre, siempre y cuándo muera sin otorgar testamento.
Valora costo-benefiio, porque la pericial en genética molecualr ( ADN ), la pagas tu, ( y barata no es) , además de los honorarios del abogado que deberás contratar.
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