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AutorRespuesta No: 228381
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Junio de 2011 13:48 2011-06-23 13:48 desde IP: 187.131.169.47
Usted debe acudir ante un abogado establecido, no coyote, no tinterillo, especializado en Derecho Civil y Comercial a efecto de iniciar los juicios respectivos para obtener la declaratoria de prescripción negativa de tales obligaciones o créditos y como consecuencia de ello la de los gravámenes que se hallan inscritos en el Registro Público.
Los casos judiciales pueden presentar los inconvenientes típicos de localización de las personas que aparecen como acreedoras dado el transcurso del tiempo, situación que a la vez impacta los costos de juicio pues muy probablemente se tenga que llegar a la publicación de edictos.
Aunque Usted comenta que existe un escrito en uno de los casos, con desistimiento expreso, su abogado deberá ponderar la conveniencia de tratar de localizar ese expediente, porque con tantos años de archivo, seguramente dicho expediente ya se concentró en algún archivo central o general y puede resultar más onerosa su localización que la promoción de un juicio de prescripción negativa como el que indiqué.
Saludos cordiales.
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