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AutorRespuesta No: 228264
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Fecha de respuesta: Miércoles 22 de Junio de 2011 15:36 2011-06-22 15:36 desde IP: 201.110.220.37
Buenas tardes:
De acuerdo a lo que relata, es importante el conocer los detalles de la compraventa, pues como Usted lo dijo “el arquitecto” le vendió a “la jubilada” uno de los departamentos, por lo tanto habría que analizar si en la escritura pública el inmueble objeto de la compraventa está catalogado bajo el régimen de propiedad en condominio, pues de ser así el inmueble está perfectamente delimitado y cada departamento pasa a ser un “inmueble independiente”, y este no podría haber sido hipotecado pues ya está fuera de los bienes “del arquitecto”.
De ser así, ”la jubilada” no tiene ningún problema, pues “el arquitecto“ tiene pleno derecho de hipotecar sus bienes, y el nuevo dueño solo tendrá injerencia en estos inmuebles, sin poder afectar el departamento de “la jubilada”.
Es importante el analizar a la brevedad la documentación correspondiente para en su caso interponer los medios de defensa correspondientes, pues de existir algún posible fraude por parte del “arquitecto” este sin duda huira para evadir la acción de la justicia.
Para una mayor asesoría de su caso, le pedimos que se ponga en contacto con nosotros a través de nuestra oficina virtual de este mismo medio, o bien directamente en nuestro portal electrónico rivalegal
Atentamente
Rivalegal
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