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AutorRespuesta No: 228058
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Junio de 2011 20:00 2011-06-21 20:00 desde IP: 189.216.7.108
Si es beneficiario del documento base de la acción, puede promover directamente en el juicio por su propio derecho y no hay necesidad de revocar o ampliar el endoso, que además no aclara si fue en procuración o en propiedad, si revoca al abogado después de que éste logró senencia condenatoria y hay formal embargo, le puede revirar cobrándole los honorarios ya que no hay negligencia de su parte. ¿desistirse del embargo? si de verdad es estudiante de derecho, estúdiele mucho.
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