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  • Consulta : 117313
  • Autor : dorae
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  • Autor
    Respuesta No: 228015

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No se trata de que quieran o no aceptarle el comprobante que le expide el IMSS respecto a su consulta, sino de que en todas las Dependencias del Gobierno Federal, Estatal y/o Municipal, así como en la iniciativa privada existe normatividad respecto al control de personal, que debe cumplirse como está escrita, no se puede a conveniencia personal tratar de “torcer” las reglas a nuestro beneficio.

    No obstante lo anterior, si existe la posibilidad de que usted pida una copia de su expediente al IMSS y lo lleve a la clínica del ISSSTE de la localidad donde vive, primero para que existe antecedente y segundo para que cada vez que sea necesario, las constancias y/o licencias medicas inherentes a su padecimiento que le sean expedidas por el seguro social, se las canjee el ISSSTE por las propias del Instituto y pueda usted justificar conforme y plenamente,  según la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y la propia Ley del ISSSTE.

    También tiene usted la prerrogativa de solicitar esos días a cuenta de sus vacaciones.