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AutorRespuesta No: 227984
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Fecha de respuesta: Martes 21 de Junio de 2011 13:19 2011-06-21 13:19 desde IP: 187.141.50.114
Hola gloria, buenas tardes.
Te comento .lo siguiente, espero te sea de ayuda:
- El Valor Catastral de un inmueble está conformado por la suma del Valor Catastral del Terreno y el Valor Catastral de las Mejoras, cuando el inmueble es edificado.
- El Valor Catastral de los terrenos se determina en función de los siguientes elementos:
- Superficie de la parcela.
- Precio básico unitario de la tierra correspondiente a la ubicación geográfica.
- Coeficientes de ajuste por forma y dimensión de la parcela.
- El Valor Catastral de las mejoras se determina en función de los siguientes elementos:
- Superficie edificada cubierta o semicubierta.
- Precio básico por m² según destino y calidad constructiva.
- Antigüedad de la edificación.
- Para inmuebles sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal se obtiene un valor catastral para el inmueble en su conjunto (edificio y terreno). Prorrateando éste, de acuerdo a los porcentajes establecidos en el Plano de Mensura y División respectivo, se obtienen los valores catastrales de cada unidad funcional.
PARA QUE NO TENGAS DUDAS TE VOY AMPLIAR ALGUNAS PREGUNTAS QUE TALVEZ TE HARIAS.
- ¿Qué son los Precios Básicos de la tierra?
- Son los precios por m² asignados a cada cuadra de la ciudad. Surgen de estudios llevados a cabo por las áreas técnicas municipales y guardan relación con el comportamiento de las cotizaciones en el mercado inmobiliario sobre un lote tipo: ubicado a mitad de cuadra de 10 m de frente por 30 m de fondo. Para los sectores sin urbanizar se establecen en forma zonal.
- ¿Qué son los Precios básicos de las mejoras?
- En algunos casos, debe iniciarse por Mesa de Entradas de los "//rosario.gov.ar/sitio/servicios/menucmd.jsp?nivel=Servicios&ult=Se_3">Centros Municipales de Distrito un expediente administrativo con la documentación que acredite la titularidad, copia del recibo de TGI correspondiente y planos de obra debidamente aprobados, si se trata de un inmueble edificado.
- Los valores catastrales de la tierra surgen de un estudio global de valores de mercado en un momento determinado, pero dado que éstos son dinámicos y están sujetos a las leyes de la oferta y la demanda, no siempre coinciden. Lo mismo ocurre para los valores de edificación.
- ¿Qué relación existe entre el Valor Catastral y el monto de la TGI?
- Si desea ser atendido personalmente, puede dirigirse a las Oficinas de Topografía y Catastro de los "//rosario.gov.ar/sitio/servicios/menucmd.jsp?nivel=Servicios&ult=Se_3">Centros Municipales de Distrito provisto de la documentación que acredite su titularidad y copia del recibo de TGI correspondiente.
- ¿Los Valores Catastrales son valores de mercado?
- El monto a abonar en concepto de Tasa General de Inmuebles se determina en función de la valuación catastral total, de la alícuota que corresponde al inmueble en función de su ubicación geográfica (radio tributario) y de su clasificación como baldío o finca.
- En algunos casos, debe iniciarse por Mesa de Entradas de los "//rosario.gov.ar/sitio/servicios/menucmd.jsp?nivel=Servicios&ult=Se_3">Centros Municipales de Distrito un expediente administrativo con la documentación que acredite la titularidad, copia del recibo de TGI correspondiente y planos de obra debidamente aprobados, si se trata de un inmueble edificado.
- Los valores catastrales de la tierra surgen de un estudio global de valores de mercado en un momento determinado, pero dado que éstos son dinámicos y están sujetos a las leyes de la oferta y la demanda, no siempre coinciden. Lo mismo ocurre para los valores de edificación.
- ¿Qué relación existe entre el Valor Catastral y el monto de la TGI?
- El monto a abonar en concepto de Tasa General de Inmuebles se determina en función de la valuación catastral total, de la alícuota que corresponde al inmueble en función de su ubicación geográfica (radio tributario) y de su clasificación como baldío o finca.
O BIEN PUEDES IR A LAS OFICINAS CATASTRALES Y SOLICITAR INFORMACVION DEL TERRENO A QUE HACES REFERENCIA....
ESPERO HABERTE SACADO DE LAS DUDAS YA QUE EL PAGO POR M2 DE UN TERRENO VARIA A COMO LO VENDE LA PERSONA Y A COMO SE TIENE EN CATASTRO POR M2....
EJEMPLO: TU PUEDES VENDER A TU CONVENIENCIA EL METRO CUADRADO A 100 PESOS Y CATASTRO LO PUEDE DEJAR EN 40 PESOS...PERO CATASTRO SE VA IR POR EL AREA GEOGRAFICA ENTRE OTROS (SERVICIOS)
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