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AutorRespuesta No: 227922
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Fecha de respuesta: Lunes 20 de Junio de 2011 22:44 2011-06-20 22:44 desde IP: 189.143.175.99
Podrías pedir el beneficio de inventario... no mencionas si es sucesión intestada o testamentaria, pero los bienes de la misma deberán aplicarse para el pago de las deudas mortuorias; el fisco es acreedor preferente y tendrás que notificarlo para que comparezca el apoderado legal a apersonarse. Se le llama herencia damnosa a la que no alcanza para cubrir el monto de los adeudos, pero primero deberás realizar un avalúo de los bienes para saber si alcanca o no con ello; no hay ningún delito qué perseguir. Saludos.
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