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  • Consulta : 117236
  • Autor : tulio_ciceron
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  • Autor
    Respuesta No: 227922

  • tulio_ciceron
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    Podrías pedir el beneficio de inventario... no mencionas si es sucesión intestada o testamentaria, pero los bienes de la misma deberán aplicarse para el pago de las deudas mortuorias; el fisco es acreedor preferente y tendrás que notificarlo para que comparezca el apoderado legal a apersonarse. Se le llama herencia damnosa a la que no alcanza para cubrir el monto de los adeudos, pero primero deberás realizar un avalúo de los bienes para saber si alcanca o no con ello; no hay ningún delito qué perseguir. Saludos.