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  • Consulta : 117236
  • Autor : camacho
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  • Autor
    Respuesta No: 227916

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado consultante, las deudas de su padre son personales, si no existio por parte de su hermana el aval personal de las deudas contraidas no esta obligada por ellas, y su cargo como albacea, la obliga a realizar el manejo de los beiens que haya dejado su padre, y de los mismos en su caso, hasta donde alcancen podra hacer el pago de las deudas que haya contraido, siempre y cuando se las reclamen, si no existe reclamacion, la sucesion ignora el monto de los adeudos que puedan gravar la herencia del decujus, por lo tanto no estara obligada a pagarlas, pero solo hasta en tanto no se reclamen  por la via correspondiente, no existe conducta delictiva de su hermana por el manejo que realice de los bienes conforme a su cargo. Para mayor orientacion me puede llamar sin ningun compromiso a mi celular 0445529066546. Atte. Lic. J. L. Camacho.