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AutorRespuesta No: 227913
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Fecha de respuesta: Lunes 20 de Junio de 2011 22:06 2011-06-20 22:06 desde IP: 189.217.137.16
mariposa
Por ultimo le comento que aun cuando un Albacea es removido y/o separado del cargo en tanto no acepte el cargo el Albacea sustituto, el removido o separado la Ley le impone la obligacion de seguir representando a la sucesion dado que estas no pueden quedar acefalas, no obstante lo anterior, para el acto juridico que usted plantea en su consulta le sugiero ampliamente que este sea firmado por el Albacea sustituto.
Saludos.
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