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  • Consulta : 117189
  • Autor : Valencia1979
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  • Autor
    Respuesta No: 228184

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Aqui lo importante es que te hagas de un abogado, aunque sea de oficio, porque esos los pagos retroactivos no pueden ser aplicados antes de la sentencia del Juez de lo familiar o civil, ahora si tu te hacias cargo de los gastos de tus hijos, y tenias con que comprobarlo, dejaste pasar una oportunidad de oro.

    Ahora solo espera la resolucion del juez de lo familiar en cuanto a la pension alimenticia, que de ninguna manera debera ser de más del 50% de tu salario (regularmentese aplica entre 15 y 20% del salario por hijo)