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Fecha de respuesta: Lunes 20 de Junio de 2011 14:48 2011-06-20 14:48 desde IP: 187.195.29.54
Mí estimada consultante Ma. de Jesus Cornejo:
Mire, éste caso que usted expone es muy conocido dentro de nuestro muy lamentable sistema de impartición de justicia, toda vez que en base a contratos de compraventa se demanda el reconocimiento de los mismos, siendo que lo que debe de hacer, es asesorarse de un abogado especialista en este tipo de asuntos, toda vez que si ya existe una resolución judicial al respecto, y como existen términos de ley, es por ello de que requiere de un verdadero perito en la materia para desvirtuar lo que como ya le comenté es muy conocido, y más en cuestiones testamentarias.
ESTAS PRÁCTICAS SON FRAUDES PROCESALES, ya que para obtener un beneficio indebido para sí o para otro, simulan un acto jurídico, un acto o escrito judicial o alteran elementos de prueba y los presentan en juicio, o realizan cualquier otro acto tendiente a inducir a error a la autoridad judicial o administrativa, con el fin de obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley,
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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