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AutorRespuesta No: 227704
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Fecha de respuesta: Domingo 19 de Junio de 2011 19:52 2011-06-19 19:52 desde IP: 187.194.53.221
nada... no puedes hacer nada...
el padre biologico... tiene derecho a demandar en cualquier momento entre el nacimiento y l mayoria de edad,...el reconocimiento de la paternidad por medio d eprueba de adn.... lo que no significa que esta obligado9 a dar gastos retroactivos.... solo pensìon a partir del momento del reconocimiento y lo demas en terminos de ley.,,,,, ya despues tu hijo decide...
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