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  • Consulta : 117033
  • Autor : tuamigoabogado
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  • Autor
    Respuesta No: 227633

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Consultante

    Las personas solo podemos vender lo que nos pertenece si su abuelo es legítimo propietario puede vender sus bienes libremente  y disfrutar  su dinero, supongo que su abuelo tiene pleno dominio del inmueble:

     

    DOMINIO de un inmueble se manifiesta a través de los tres atributos siguientes:

     

    • JUS UTENDI, que se ejerce mediante el uso.
    • JUS FRUENDI, que se aplica a través del disfrute o aprovechamiento y
    • JUS ABUTENDI,que se manifiesta en la disposición de la cosa.

    Dicho de otra manera más sencilla, él está usando el inmueble y tiene escrituras para poderlo vender, pues libremente puede venderlo,  y en el caso concreto de su tia,  por estar de arrimada carecen de autoridad propia y libre disposición en el hogar, porque viven en casa ajena y carecen de hogar propio y eso no genera derecho alguno para su tia, aun que page los servicios que utiliza de teléfono, agua y luz.

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx