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AutorRespuesta No: 227633
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Fecha de respuesta: Domingo 19 de Junio de 2011 10:40 2011-06-19 10:40 desde IP: 189.217.63.10
Distinguido Consultante
Las personas solo podemos vender lo que nos pertenece si su abuelo es legítimo propietario puede vender sus bienes libremente y disfrutar su dinero, supongo que su abuelo tiene pleno dominio del inmueble:
DOMINIO de un inmueble se manifiesta a través de los tres atributos siguientes:
- JUS UTENDI, que se ejerce mediante el uso.
- JUS FRUENDI, que se aplica a través del disfrute o aprovechamiento y
- JUS ABUTENDI,que se manifiesta en la disposición de la cosa.
Dicho de otra manera más sencilla, él está usando el inmueble y tiene escrituras para poderlo vender, pues libremente puede venderlo, y en el caso concreto de su tia, por estar de arrimada carecen de autoridad propia y libre disposición en el hogar, porque viven en casa ajena y carecen de hogar propio y eso no genera derecho alguno para su tia, aun que page los servicios que utiliza de teléfono, agua y luz.
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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