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  • Consulta : 116911
  • Autor : annisa09
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  • Autor
    Respuesta No: 227582

  • annisa09
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    el patron tiene la obligacion de asgurar a los trabajadores a partir de la fecha del inicio y se tienen 5 dias para la alta es decir si comenzo un primero de mes lo puede asgurar el 5 pero con fecha 1 tambien acude a la subdelgacion depto de auditoria a patrones con algun recibo de pago, algunos testigos paara que den fe que tenia trabajando y ordenen la revision y de proceder el capital constitutivo por la futura pension....