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  • Consulta : 116034
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 226778

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    los hijos menres de 12 años... deben estar bajo la guarda y custodia de la madre...tanto por ley..o por criterio de la corte....

    aun cuando el presente un escrito...ante cualquier autoridad... señalando que tu le CEDISTE la custodia de los hijos.... esa CESION... debe ser ratificada por ti  ante un juez  familiar.... y si tu dices... NO ES MI FIRMA... le dan vista al ministerio publico... y este a la direcciòn de periciales....y nombraran un perito en grafoscopia... que  hara un dictamen pericial que si sale que la firma es falsa... pueden meter a tu maridito al bote....SI TU QUIERES....

    la guarda y custodia... es una figura legal... que la madre no puede dar... sin la presencia de un juez...del ministerio publlico y ...en algunas localidades... del representante del dif...y todavia ...faltaria saber si el padre quiere esa responsabilidad... y si puede con esa responsabilidad....

    la ley.... OARA MI... en forma muy erronea... seañala que SOLO LA MADRE PUEDE TENER ESA RESPONSABILIDAD...porque es quien tiene la sencibilidad para sostener una relaciòn... en tanto que la figura paterna... esta dedicada al trabajo... y  poco convive y conoce de las necesidades familiares  de tal tipo.... ese es un concepto moderno..actual... para mi----erroneo.... pero... es el que rifa actualmente... y no tiene el padre.... concepto de lucha al respecto....todos los derechos de custodia... estan a favor de la madre....