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AutorRespuesta No: 226678
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Fecha de respuesta: Jueves 09 de Junio de 2011 10:43 2011-06-09 10:43 desde IP: 189.200.114.215
Si fue señalada para embargo .. el procedimiento que se debio llevar fue una terceria excluyente de dominio para que el dueño del vehiculo le acreditara al juez que se trabo embargo en un bien que no es propiedad del deudor.
Pero si esto no se hizo, se trabo embargo y dejaron de depositarios a ustedes quienes aceptan y firman la depositaria...eso es UN ABUSO DE CONFIANZA en materia penal.
Pues ni hablar a responder del delito. ES en verdad lastimoso que alguien que tiene las agallas de vender un bien embargado cometiendo un fraude en perjuicio de acredores... primero hace la accion y ya en cuanto se ve en problemas legales, se acerca a buscar asesoria.... porque no lo hizo cuando pensaban vender el bien para que la asesoria que se le pudiere haber dado le funcione?
Ahora... ya es tarde.
Enfrente su proceso y ojala no vuelvan a cometer ese tipo de fraudes o si lo haran, antes de hacer la conducta delictiva...primero se asesoren y no despues del niño ahogado.
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