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AutorRespuesta No: 226626
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Junio de 2011 20:40 2011-06-08 20:40 desde IP: 187.144.35.15
si... tu sentencia es posterior al termino que tienen asentados tus posibles demandados....no procede la reivindicación... no puedes reivindicar...lo que nunca tuviste....reivindicar... es recuperar....si nunca fuiste dueño de la cosa... y la tuviste en posesión real...material y juridica... no puedes reivindicar....
juicio plenario de posesión... nunca haz tenido posesión plena de lo que pretendes desalojar......
no te puedes curar de cancer... si nunca haz tenido cancer....me di a entender????....
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