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  • Consulta : 115545
  • Autor : fabiola
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  • Autor
    Respuesta No: 227552

  • fabiola
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si usted cuenta con los recibos de pago y solo falta por cubrir dos de ellos, puede promover una consignación en pago, en el cual se le depositará al vendedor mediante el juez las cantidades faltantes.

    Acuda con un abogado para que lo apoye en este trámite.