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Fecha de respuesta: Sábado 04 de Junio de 2011 20:13 2011-06-04 20:13 desde IP: 201.152.238.176
Si puedes notificarlo en el reclusorio, pero tiene que autorizarlo el juez y ordenarlo así en el auto de radicación. Ya tendrás que realizar los trámites con el diligenciario judicial para que el C. Director del Penal, para que se habilite un lugar especial en donde llevar a cabo la actuación judicial
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