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  • Consulta : 115446
  • Autor : MIGUEL ANGEL67
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  • Autor
    Respuesta No: 226119

  • MIGUEL ANGEL67
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Si puedes notificarlo en el reclusorio, pero tiene que autorizarlo el juez y ordenarlo así en el auto de radicación. Ya tendrás que realizar los trámites con el diligenciario judicial para que el C. Director del Penal, para que se habilite un lugar especial en donde llevar a cabo la actuación judicial