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  • Consulta : 115428
  • Autor : ulloa88
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    MMm no no estoy de acuerdo con ALEXIUS (Saludos) o al menos no de manera completa. No es el Director del Registro Civil quien hace las anotaciones sino el Juez u oficial del Registro Civil pues aunque ambas figuras tiene fe publica, es ante este ultimo a quien le solicitan el tramite y donde se forma el libro correspondiente de divorcios con duplicado al Archivo Estatal.

    SI HAY ACTAS DE DIVORCIO.- Muchos Estados continuan usuando Actas de divorcio...otros mas solo hacen la anotacion en el acta de matrimonio como bien señala, pero insisto... vivimos en un territorio donde hay 32 Estados y en consecuencia 32 formas de ver y hacer las cosas. Usar verdades absolutas como "No se usan actas de divorcio" limita la certeza de la respuesta pues insisto... hay Estados que hoy dia siguen emitiendo actas de Divorcio y que a la luz del 130 constitucional... En tratandose del Estado Civil cada Estado regularà en ese particular por lo que si DF por ejemplo que es uno de los que no entrega actas de divorcio estará por encima de la ley de quienes si lo hacen. Cada Estado regula lo referente al estado Civil.

    Por ello comento que no estoy de acuerdo de manera parcial porque para DF es totalmente aplicable lo que dice ALEXUS pero por ejemplo para Guanajuato No.  Michoacan... no lo se la verdad pero esa duda podrà disiparla en cuanto lleve la documentacion que arriba señalo al registro Civil quien le dirá si solo se hara la anotacion marginal o bien la entrega de acta de divorcio.

    Saludos