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Fecha de respuesta: Miércoles 01 de Junio de 2011 19:26 2011-06-01 19:26 desde IP: 189.233.31.194
Mire, la opción de darse de alta en Hacienda y el IMSS, es solo si quisiera cotizar pero para su pensión de vejez hasta los 65 años.
Para su pensión a los 60 años por cesantía de edad avanzada, es requisito indispensable que cotice 52 semanas ante un patrón.
Ahora bien, si lo que requiere es inscribirse en la modalidad 40 para cotizar hasta los 25 salarios mínimos para llegar a los 60 años y poderse pensionar con ese salario, primero es requinto que cotice como ya se lo mencioné 52 semanas ante un patrón, y después renunciar y darse de alta en la modalidad 40, donde va a pagar el 10.075% de la cantidad que cotice, recordándole que el IMSS, le promedia las ultimas 250 semanas para poder calcular su pensión, siendo que a los 60 años le dan el 75% de ese calculo, a los 61 le dan el 80% a los 62 el 85%, y así sucesivamente hasta los 65 que le darían el 100%.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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